El juzgado dice que la Policía Local no informó con todas las garantías al acusado, que solicitó un intérprete de ucraniano y no firmó las actas en castellano.

Imagen de archivo de un agente con un dispositivo para realizar la prueba de detección de estupefacientes. / RAFA ARJONES
07 DIC 2025 6:00
Un conductor ucraniano de 30 años se ha librado de una condena a ocho meses de prisión por negarse a realizar la prueba de detección de drogas al haber sido absuelto porque la Policía Local de Benidorm no le informó en su idioma, según se recoge en una sentencia dictada recientemente por el juzgado de lo Penal número 2 de Benidorm.
El conductor absuelto, defendido por el letrado Bogdam Moiseienko, del despacho Galiana Abogados, fue acusado por la Fiscalía por un delito contra la seguridad vial por negarse a someterse a las pruebas de detección de sustancias estupefacientes.
Además de una pena de ocho meses de prisión, el Ministerio Publico reclamó que fuera castigado también con la privación del derecho a conducir durante un tiempo de dos años. Sin embargo, al final fue absuelto «in voce» en la misma sala de vistas del juzgado de lo Penal número 2 de Benidorm, donde se celebró el juicio el pasado 19 de noviembre.
Según los hechos declarados probados en la sentencia, la mañana del 16 de septiembre de 2014 una patrulla de la Policía Nacional dio el alto a un coche conducido por el acusado cuando circulaba por la avenida Europa de Benidorm. Los agentes, que estaban en un coche camuflado, detectaron olor a sustancia estupefaciente -marihuana- y por ello detuvieron el coche. A continuación se requirió la presencia de un equipo de Atestados de la Policía Local para practicarle al conductor las pruebas de detección de estupefacientes y «no le informaron en su idioma de las instrucciones para ello, ni de las consecuencias legales de negarse a la prueba».
Añade el fallo que tampoco le informaron de sus derechos como investigado a pesar de que el procesado, de origen ucraniano, solicitó un intérprete porque no habla castellano y su conocimiento del inglés es «deficiente».
Documentos en castellano
Asimismo, el conductor enjuiciado no firmó ninguno de los documentos que la Policía Local «le entregó solo en castellano, a pesar de ignorar dicho idioma», señala la sentencia.
El magistrado del juzgado de lo Penal número 2 de Benidorm señala en los fundamentos jurídicos de la sentencia absolutoria que es «insuficiente» la prueba de cargo para desvirtuar la presunción de inocencia del conductor. Señala al respecto que el acusado ignora el castellano, apenas habla inglés y solicitó la asistencia de intérprete de ucraniano tanto a los agentes que le sometieron a las pruebas como en sede judicial.
Además, no llegó a firmar las actas por no comprender su contenido al estar únicamente en castellano y el juzgado considera que «la información de derechos y las instrucciones al acusado no se ofrecieron con todas las garantías para asegurar su entendimiento y comprensión».

Imagen de archivo de un detector de drogas. / RAFA ARJONES
Estima el juez que no se puede exigir al acusado una conducta «acorde a requerimientos incomprensible, por lo que no apreciándose dolo o intención maliciosa en sus actos, sino ignorancia y desconocimiento, debe concluirse insuficiente la prueba de cargo para desvirtuar su presunción de inocencia».
En el atestado elaborado por la Policía Local de Benidorm, los agentes reflejaron que se entrevistaron con el conductor en inglés porque lo entendía bien y tras realizarle una primera prueba que dio positivo en cannabis le dijeron que se le iba a tomar una segunda muestra de saliva que era obligatoria.
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